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Hoy, martes 24 de septiembre de 2013, ha tenido lugar en Gijón la 73ª reunión
de la Junta Nacional Asesora de Cultivos Marinos (JACUMAR), con la
participación de APROMAR.
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APROMAR ha expuesto a la Secretaría General de Pesca y a las administraciones
responsables de acuicultura de las Comunidades Autónomas las cuestiones que están
afectando a la actualidad del sector.
24 de septiembre de 2013. El pasado 10 de julio la Comisión
de Pesca del Parlamento Europeo acordó un texto de Reglamento para el Fondo
Europeo y Marítimo de Pesca (FEMP) que incluye dos limitaciones a la financiación
de proyectos de acuicultura que son para APROMAR inapropiadas: (1) Que el FEMP
no subvencione operaciones de acuicultura intensiva localizadas en zonas
marinas protegidas o de la Red Natura 2000. Y (2) que tampoco puedan recibir
ayudas del FEMP operaciones de acuicultura en las que se produzcan especies
exóticas u organismos modificados genéticamente. APROMAR entiende que ninguna
de las dos salvedades cuenta con justificación suficiente y que, además, ambas
van en contra del espíritu de la Política Pesquera Común, de la igualdad de
oportunidades y de las Directrices estratégicas para el desarrollo sostenible
de la acuicultura de la UE.
Una parte relevante de la acuicultura española se realiza sobre espacios con alguna forma de protección ambiental y en ellas la acuicultura es un modelo de integración ambiental-económica. No tiene sentido social el discriminar este modelo de acuicultura. Es más, con vistas a clarificar las posibilidades de realizar acuicultura en zonas de la Red Natura 2000, la Comisión Europea publicó en 2012 el documento: Directrices sobre la Acuicultura y Natura 2000: acuicultura sostenible en el contexto de la Red Natura 2000. Estas directrices muestran que la protección ambiental es compatible con la acuicultura sostenible que la Unión Europea desea. La propuesta del PE acarrea la necesidad de aportar una definición de acuicultura intensiva, inexistente oficialmente en la UE hasta el momento. La definición que propone unilateralmente el PE [producción que depende del uso de pienso y en la que las densidades de producción son altas] es inadecuada, imprecisa, discriminante y debiera ser debatida con expertos en la materia. Por todo ello, proponer la no elegibilidad para el FEMP de estas operaciones de acuicultura en espacios protegidos supone, primero, una discriminación contra las granjas de acuicultura actualmente localizadas en áreas protegidas y que son modelos de éxito de integración productiva-ambiental; segundo, se envía un mensaje contrario al desarrollo sostenible de la acuicultura europea; y tercero, supone poner en riesgo la viabilidad social de las propias áreas protegidas.
En relación con la producción de especies exóticas, es una realidad en la acuicultura española, además de ser una posibilidad de producción legítima y perfectamente regulada en la Unión Europea. Son numerosas las especies no autóctonas producidas en España en establecimientos apropiados sin que supongan un riesgo adicional para el medio ambiente: tilapia, pez gato, arapaima, oreja de mar, etc. Además se podría entrar en confusión con lo que son especies localmente ausentes en algunas regiones de España: corvina, lenguado senegalés, etc. Por el contrario, la producción de organismos modificados genéticamente, no entra dentro de los planes de presente o futuro del sector productor de acuicultura europeo.
APROMAR ha solicitado
a la Secretaría General de Pesca y a las Consejerías de acuicultura de las CCAA
que hagan suya esta petición y ponga en marcha los mecanismos necesarios para
retornar la propuesta de FEMP al buen documento que en líneas generales era
para la acuicultura.
La piscicultura marina
necesita de una adaptación de las tasas portuarias que se le aplican para que
estas sean homogéneas en los diferentes puertos y acordes en su cuantía con los
servicios recibidos por las empresas. Con este fin, APROMAR ha insistido para
que en ningún caso se aplique a las empresas de acuicultura la tasa T-4 de
pesca fresca por cuanto que, ni por su naturaleza, ni por la estructura de su
negocio productivo, es asimilable a la pesca. A la acuicultura le deben ser de
aplicación las tasas T-1, T-2 y/o T-3 en función de la utilización real de los
servicios de los puertos por parte de las empresas.
Ante el inicio de los
trabajos de redacción del Reglamento de la Ley de Costas, por parte de la
Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, APROMAR ha planteado
las siguientes cuestiones que afectan a la acuicultura: (1) Que la duración de
las concesiones de acuicultura tenga un plazo de 75 años (el máximo que permite
la Ley); (2) Que las demarcaciones territoriales de la Dirección General de
Sostenibilidad de la Costa y del Mar mantengan criterios homogéneos a la hora
de aplicar las normas. Y (3), que en el procedimiento para el otorgamiento de
concesiones de ocupación en aguas portuarias el órgano sustantivo para la
tramitación de los permisos para acuicultura sea, como en el resto del dominio
público marítimo-terrestre, la administración autonómica. Solicitamos que la
autoridad portuaria se limite a emitir un informe, como ya hace la DG de Costas
del Estado en los demás casos en los que no está implicado un puerto, y no a
dictar la resolución, ni a ser el órgano sustantivo.
Por otra parte,
APROMAR ha expresado su desilusión porque no se vaya a aprovechar el
Anteproyecto de Ley de Pesca del Estado que modificará la Ley 3/2001 de Pesca
Marítima del Estado para abordar de una vez la reforma de la Junta Nacional
Asesora de Cultivos Marinos (JACUMAR). Tal y como se intentó en la tramitación
de la fallida Ley de Pesca Sostenible de 2010. La estructura y funcionamiento
de este organismo han quedado desfasadas con los años. Debe recordarse que
JACUMAR sigue estando regulada por la Ley de Cultivos Marinos de 1984. Es
evidente que, por muchas cuestiones, JACUMAR necesita una reforma profunda y la
próxima Ley de Pesca podría ser el vehículo apropiado para ello.
APROMAR ha aprovechado
para congratularse y agradecer que a los 18 meses de publicarse el primer Real
Decreto sobre especies exóticas invasoras (que afectaba de manera grave al uso
de artemia franciscana y al cultivo de almeja japonesa, ostra del Pacífico y
trucha arco iris), haya sido publicado un nuevo Real Decreto que excluye de
manera conveniente a estas especies tan importantes para la acuicultura en
España.
Por último, APROMAR
expresó su disconformidad con la desaparición de la Fundación Observatorio
Español de Acuicultura (OESA), que el Gobierno de España ha decidido que sea
absorbida por la Fundación Biodiversidad. En opinión de APROMAR es un error
estratégico la liquidación de esta fundación ya que no existe ningún argumento
objetivo que justifique su cierre. OESA constituye un muy digno ejemplo de
gestión institucional racional, eficiente y socialmente útil, que se ha labrado
una impresionante reputación, incluso internacional, donde es un referente de
herramienta de buena Gobernanza para la acuicultura en particular y la
industria marítima en general. La presencia de un organismo público tan respetado
como OESA es el más eficaz
nexo de unión entre los poderes públicos y la industria, y un aliado muy
valioso en nuestro esfuerzo de mejora del marco regulatorio y de las condiciones
de competitividad. En ese contexto, OESA es una entidad muy difícilmente
sustituible.
APROMAR aprovechó para
hacer entrega a los asistentes de ejemplares del informe La acuicultura en España 2013, realizado por APROMAR junto con la
Asociación Española de Productores de Acuicultura Continental (ESACUA) y la
colaboración de la Fundación OESA, del Consello Regulador do Mexillón de
Galicia, de la Organización de Productores Piscicultores y de la propia
JACUMAR.